Sabías que existe la Ley de General de Salud o llamada también Ley de Emergencia que fue aprobada el 9 de enero de 1932, no obstante, durante el gobierno de Alejandro Toledo Manrique fue modificada por el reglamento de Ley N°27604, que establece que ante una emergencia todo establecimiento de salud está obligado a atenderte tengas o no seguro, entre algunos de sus artículos podemos encontrar:
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- El presente Reglamento, establece las obligaciones, procedimientos, y responsabilidades para la atención médico quirúrgica en casos de emergencia y partos en situación de emergencia obstétrica, en todos los establecimientos de salud a nivel nacional, públicos, no públicos y privados, así como los mecanismos para su supervisión, a fin de proteger la vida y la salud de las personas.
TÍTULO II DEFINICIONES
Artículo 3º.- Para efectos del presente Reglamento, se utilizará la siguiente terminología: 3.1 ATENCIÓN MÉDICA QUIRÚRGICA DE EMERGENCIA.- Es la que se presta en un establecimiento de salud a los pacientes que en forma repentina e inesperada presentan alteración de la salud, poniendo en peligro inminente la vida o grave riesgo para la salud y que requiere atención y procedimientos médicos y/o quirúrgicos inmediatos, empleando los recursos de personal, equipamiento y manejo terapéutico de acuerdo a su categoría.

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