Marco Legal
Ley N° 30458
Mediante el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se creó el “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, destinado a financiar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales.
D.S. N° 132-2017 – EF
Aprueba conformación y funciones de la Comisión Multisectorial del “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”, y dictan normas reglamentarias.
Miembros que conforman el FONDES
La Comisión Multisectorial estará conformada por los siguientes miembros:
El Ministro de Economía y Finanzas, quien la presidirá
La Ministra del Ambiente
El Ministro de Defensa
La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial se encuentra a cargo del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el cual se desempeña como instancia o área funcional y estará a cargo de coordinar las acciones necesarias a fin de coadyuvar al cumplimiento de las funciones encomendadas a la Comisión Multisectorial.
La Comisión Multisectorial invita a sus sesiones, a través de la Secretaría Técnica, a los Ministros de Transportes y Comunicaciones, Agricultura y Riego o Vivienda, Construcción y Saneamiento, según las materias involucradas en las intervenciones a ser evaluadas por la Comisión Multisectorial.
Funciones
- Efectuar la coordinación estratégica multisectorial para la atención de las intervenciones que han solicitado financiamiento con cargo a los recursos del FONDES.
- Priorizar y determinar las solicitudes de financiamiento a ser atendidas con cargo a los recursos del FONDES, para tal fin se puede requerir a cualquier entidad del sector público la documentación e información necesaria en un plazo determinado.

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