La finalidad de la Inspección técnica de Seguridad en Edificaciones es prevenir y/o reducir el riesgo debido a un peligro originado por fenómeno natural o inducido por la acción humana, con la finalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado.
En ese sentido, la normativa que rige para estos casos es la siguiente, la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM el 10 de agosto de 2013 creó la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal encargada de proponer el proyecto de modificación del D.S N° 066-2016-PCM, la cual fue conformada por la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la PCM (Presidente Comisión) y representantes del CENEPRED, INDECI, INDECOPI, Municipalidad Metropolitana de Lima y del Consejo Nacional de Competitividad-MEF.
La Ley N° 30230, establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el País, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de julio de 2014, incorpora a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento que toda referencia efectuada a las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil-ITSDC y al Certificado de Seguridad en Defensa Civil deberá entenderse realizada a las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones-ITSE y al Certificado de Seguridad en Edificaciones.
El 14 de setiembre, se promulgó el Decreto Supremo N°058-2014-PCM, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones.










